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Consejo Directivo de Promipymes
Aspectos |
Descripción |
Nombre de la ley |
Régimen Regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Ley 488-08) |
Objeto |
Crear un marco regulatorio y un organismo rector para promover el desarrollo social y económico nacional a través del fortalecimiento competitivo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas del país. |
De la Naturaleza, Administración, Control y Aplicación de la ley |
Esta ley crea con autonomía administrativa y financiera, adscrita a la Secretaria de Estado de Industria y Comercio (hoy Ministerio), al Consejo Nacional de Promoción y apoyo de la mipyme, como organismo responsable de la administración, control y aplicación de la ley en todo el territorio nacional. Art. 3 |
Integrantes |
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Características de los Miembros |
Todos los representantes del sector privado deben ser acreditados por CODOPYME. Duración 3 años. |
Frecuencia de reuniones |
Una vez de manera ordinaria y extraordinaria cuando se requiera |
Las funciones de este Consejo |
Ver Art. 6 |
Quorum |
Con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de los miembros con derecho a voto, las decisiones se tomarán por mayoría de los votos de los miembros presentes, teniendo el Presidente el voto de calidad |
Para conocer más, favor dirigirse al siguiente enlace.